LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA COMO UN INSTRUMENTO DE LA PAZ

Autora: Elena R. Passo

1. Introducción
2. Ley inicua
3. Un compromiso con la esencia del ser
4. La verdad como fundamentación de la bioética
5. Actuar en conciencia
6. Ser un instrumento de la paz
7. Reflexiones conclusivas

Notas y Bibliografía

1. Introducción
Cada vez con mayor frecuencia, se observan en el campo biomédico, situaciones en las que el hombre se transforma en un objeto de uso instrumental. El aborto, la eutanasia, la forma en que miles de embriones humanos son manipulados, las técnicas de fertilización artificial, la esterilización, son ejemplos de la manipulación del hombre por el mismo hombre.
Ante esto, surge por parte de las personas que integran los equipos de salud un conflicto ético  que las moviliza  y las determina a no ser partícipes  de las mismas.
Bastaría solamente con apartarse, no tomar a su cargo las tareas exigidas argumentando excusas circunstanciales. No es este el caso de los objetores, ya que expresan - aun sabiendo de la no gratuidad de ello -   su compromiso con valores que conforman su identidad.
Ante todo, se aclara que no necesariamente es esta una cuestión religiosa. La actitud ética ante la vida debería comprender a todo ser humano - creyente o no - siendo posible al menos en principio, la fundamentación de la objeción de conciencia, desde una perspectiva de respeto a los derechos humanos.
¿Qué se entiende por conciencia?
¿Qué quiere decir actuar en conciencia?
¿Por qué habría que actuar en coherencia con la propia conciencia?
¿Cuál es el vínculo constitutivo entre la conciencia y la libertad?
¿Cómo se origina el conflicto entre la conciencia moral y la ley humana positiva?
¿Existe por parte del médico y de aquellos que forman los equipos de salud una obligatoriedad ética de ser objetores de conciencia ante un requerimiento que implica una acción que en sí es ilícita?

2. Ley inicua
“La ley humana es la determinación y la expresión de la autoridad legítima de algunas exigencias del bien común de una determinada sociedad, en un momento histórico determinado.” 1
De acuerdo a esta definición la ley debe fundarse en la razón y debe buscar el bien común. La filosofía de orientación tomista define a la ley como: ordinatio rationis. En los países democráticos la búsqueda del bien común se realiza a través de la consulta de los órganos constitucionales y en el respeto a las diferentes corrientes de pensamiento que implican la libertad de conciencia y la religiosa.
“Sin embargo, hay que entender la noción de bien común no en el sentido del bien de la mayoría (sería una dictadura), sino como búsqueda de las condiciones mediante las cuales cada persona pueda realizar su propio ser y su propia vida. La realización de la propia vida y del perfeccionamiento moral sigue siendo tarea de cada persona”. 2
Por eso la ley tiene como finalidad “crear las condiciones objetivas para la eticidad de cada uno, para la realización de cada persona”. 3
Juan Pablo II en la carta encíclica Evangelium vitae dice que “el valor de la democracia se mantiene o cae con los valores que encarna y promueve: fundamentales e imprescindibles son ciertamente la dignidad de cada persona humana, el respeto de sus derechos inviolables e inalienables, así como considerar el bien común como fin y criterio regulador de la vida política.” 4
Establece además, que estos valores no son establecidos por la opinión consensuada de la mayoría sino que son aquellos que corresponden a la ley moral objetiva. 
“En la base de estos valores no pueden estar provisionales y volubles mayorías de opinión, sino sólo el reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto ley natural inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil.” 5
Se puede decir entonces, que para que una ley tenga autenticidad jurídica tiene que estar en concordancia con la ley natural y la búsqueda del bien común.
“Entre las condiciones esenciales y objetivas que la ley debe garantizar en pro del bien común (garantías de constitucionalidad y de legitimidad) es indudable que se han de poner estas dos condiciones objetivas:
1. La ley debe defender la vida de todos, especialmente de los más indefensos y de los inocentes. Si la ley no crea esta condición, la de la vida, ya no es ley y se vuelve inicua: todos han de combatirla con los medios legítimos a su alcance, en nombre de quien no puede defenderse.
2. La ley no puede imponer a nadie el quitar la vida a otras personas, salvo en legítima defensa contra el injusto (y el embrión o feto no puede ser considerado como tal); mucho menos puede pedir al médico cooperar para matar, el médico por profesión no está llamado a hacer eso.” 6
Se puede establecer entonces que una ley es inicua o ilegítima cuando no se basa en la ley moral objetiva y no busca el bien común, aunque haya sido promulgada por una vía que en sí es legítima.

3. Un compromiso con la propia esencia del ser 
“Pedro le respondió: Señor si eres tú, mándame ir donde ti sobre las aguas. ¡Ven!, le dijo. Bajó Pedro de la barca y se puso a caminar sobre las aguas, yendo hacia Jesús. Pero viendo la violencia del viento, le entró miedo y, como comenzara a hundirse, gritó: ¡Señor sálvame! Al punto Jesús, tendiendo la mano, le agarró y dice: Hombre de poca fe, ¿por qué dudaste? Subieron a la barca y amainó el viento.” (Mt 14,28-32)

Es cada vez más frecuente, que surjan situaciones de conflicto bioético, que obligan a los médicos, a los equipos de salud y a las instituciones hospitalarias, a realizar un profundo cuestionamiento en su proceder asistencial.

La medicina es interpelada en su esencia por una realidad social, caracterizada por un pluralismo ético, que frecuentemente cuestiona el valor de la vida, y de la integridad humana. Se le exige a la ciencia médica, que se contradiga en su propio ser, que es brindarse al paciente, a través de un servicio asistencial integral.
¿Qué pueden pensar los médicos, que son solicitados para la realización técnica de procedimientos, que son contrarios a su vocación y a su dignidad?  ¿Qué pueden pensar, cuando han dedicado tanto tiempo a la formación científica y humana, para ser tratados como meros instrumentos, destinados a concretar pedidos contrarios a la propia conciencia?

¿Qué pueden pensar, aquellos que representan a  instituciones hospitalarias, cuyo objetivo de fundación es buscar en conciencia el bien de las personas consignadas a su cuidado, y se les exige que actúen en desmedro de la vida?

Es un tiempo difícil, en que se trata de imponer una línea de pensamiento, que convierte a los médicos y a las instituciones hospitalarias en rehenes de una cultura que desvaloriza la dignidad humana. En el centro del debate se encuentra la posición médica de respeto frente a la vida misma y por otra parte, el pedido de un sector de la sociedad o desde el mismo estado en algunos países, de accionar en circunstancias de particular vulnerabilidad, con criterio destructivo sobre la vida, y la integridad del otro.

El aborto, la eutanasia, la forma en que son realizadas ciertas investigaciones sobre seres humanos, son sólo algunos de los hechos concretos, que movilizan a todos los profesionales de la salud y que obligan a reflexionar en profundidad.

Llama la atención, y por otra parte es manifestación de una sociedad paradójica, que por un lado se exija el respeto a ultranza de la autonomía del paciente, aunque esto corresponda a un pedido de aborto o de eutanasia, y por otro lado, no se respete el ejercicio de la libertad, en  la decisión del médico.  Hay muchísimas obligaciones impuestas a los profesionales, que son consideradas incompatibles con la propia conciencia. Las diferencias de criterios éticos en la sociedad y el pensamiento generalizado, según el cual, el médico tiene la obligación de sumarse siempre al deseo del paciente,  incrementan las situaciones de conflicto. En estas circunstancias, reivindicar la objeción de conciencia, es la forma ética de responder a imposiciones, realizadas por una sociedad fracturada en su concepción de la dignidad humana.

Se debe aclarar que el diferenciar el bien y el mal se encuentra inscripto en la conciencia humana. El hombre naturalmente distingue el proceder recto y actuar en conciencia, es justamente ser coherente con el mismo, y esto se da en toda persona orientada al bien, independientemente de ser o no creyente. Pero además, la obligación desde el punto de vista moral, no consiste solamente en actuar según la propia conciencia, sino en la formación de una conciencia verdadera, recta y cierta. La ley moral natural es universal e inmutable  y puede ser definida como el conjunto de principios morales generales, que de forma espontánea, capta la razón natural del hombre, a partir de su propia naturaleza. En la filosofía de origen cristiano y orientación personalista, la ley natural es entendida como una expresión de la ley eterna, que es el orden de la realidad, tal como se presenta en la mente misma de Dios Creador, el cual, al crear y ordenar la realidad fundamentó su valor. La fe ilumina a la razón, facilitando ver el acto humano, desde una perspectiva más amplia, y ayudando así a la conciencia, en la formulación del juicio, en referencia al valor objetivo. La ley natural, puede ser entendida como la luz de la propia inteligencia, en virtud de la cual, resultan accesibles a la persona humana las realidades morales.

“Todo hombre abierto sinceramente a la verdad y al bien, aun entre dificultades e incertidumbres, con la luz de la razón y no sin el influjo secreto de la gracia, puede llegar a descubrir en la ley natural escrita en su corazón (cf. Rm 2,14-15) el valor sagrado de la vida humana desde su inicio hasta su término, y afirmar el derecho de cada ser humano a ver respetado este bien primario suyo.”7

La objeción de conciencia, se caracteriza por ser un acto de carácter pacífico, presentar una fundamentación ética, que es el respeto a la dignidad humana y tener como objetivo brindar un testimonio en defensa de la vida. Se busca le eximición para realizar acciones contrarias a la formación ética y por lo tanto, a la propia conciencia, sin que por ello, el profesional objetor deba sufrir discriminaciones ni persecuciones de ningún tipo.

Otro tema de interés, es el de considerar la situación de las instituciones médicas que, por su carisma fundacional son contrarias a la realización de ciertas prácticas; se puede decir que al menos, las instituciones privadas, tienen el derecho de constituirse en un sujeto moral colectivo, teniendo por lo tanto la potestad, de declarar contrario a su espíritu institucional, la realización de las mismas.

Para los médicos creyentes, la situación es muy compleja, porque tienen arraigado en su ser que la vida es sagrada; por lo tanto cualquier atentado contra la misma es vivenciado como contrario a la propia esencia y creencia.

El mensaje dado por el apóstol Pablo, en referencia a las enseñanzas de Jesús, en su epístola a los romanos es:
“Amarás a tu hermano como a ti mismo. La caridad no hace mal al prójimo. La caridad es por lo tanto, la ley en su plenitud.” (Rm 13,9-10)

Pero la mentalidad actual muy lejos de estas palabras busca disociar a las personas, se parece al mar revuelto en el que San Pedro tiene que caminar y,  solamente lo puede realizar, cuando se concentra exclusivamente en Jesús, cuando es sostenido por su fe, y así logra ir hacia Él, por sobre las aguas. No se tiene que renunciar a las propias convicciones, y en este tiempo, cuyo mensaje es que la persona humana es un medio y no un fin en sí misma; será la guía el concentrarse  en el camino recto orientado al bien, que es el único que permitirá caminar como el apóstol, por sobre el mar violento de los reclamos de una sociedad utilitarista, que ha perdido su corazón y su esperanza. 8

Se puede considerar entonces a la objeción de conciencia simplemente como un compromiso con la propia esencia del ser.
Es así, que el médico, todos los integrantes de los equipos de salud y las instituciones médicas tienen el derecho y la responsabilidad de negarse a ser instrumentalizados con un fin ajeno a la dignidad humana.

4.  La verdad como fundamentación de la bioética 

Pueden existir diferentes corrientes ideológicas que basadas en criterios provisorios y circunstanciales tratan de imponerse a la sociedad. 
Siempre ha ocurrido y da cuenta que esto es así porque sus afirmaciones son mutables, carecen de la impronta de la trascendencia y no buscan el bien integral del hombre.

¿Qué significa entonces hablar de una bioética enraizada en la verdad?
Es aquella que se basa en la inviolabilidad de la dignidad humana; en considerar al hombre en su esencia, en aquello que lo identifica como tal y que es universal. 
Esto radica en la sustancialidad de la unión del cuerpo y el alma espiritual.
Por lo tanto, esa persona será objeto de respeto y nadie podrá disponer de la misma; siempre el valor hombre es intangible y absoluto.

Pero hay un concepto que se le suma y le da un plus aun mayor, y es que la persona humana es creada por Dios Padre a su imagen y semejanza. Este vínculo creacional de origen y de fin es la fundamentación ontológica de la dignidad humana y en este plano de la realidad ontológica no existen saltos cualitativos ni cuantitativos de ningún tipo.

Si todos considerasen al hombre en función de su dignidad, el valor de la vida y la integridad adquirirían otra dimensión.

Figura en la carta encíclica Humanae vitae de Pablo VI que el ejercicio profesional tiene límites que no se pueden pasar: “Por tanto, si no se quiere exponer al arbitrio de los hombres la misión de engendrar la vida, se deben reconocer necesariamente unos límites infranqueables a la posibilidad de dominio del hombre sobre su propio cuerpo y sus funciones; límites que a ningún hombre, privado o revestido de autoridad, es lícito quebrantar. Y tales límites no pueden ser determinados sino por el respeto debido a la integridad del organismo humano y de sus funciones, según los principios antes recordados y según la recta inteligencia del principio de totalidad  ilustrado por nuestro predecesor Pío XII.” 9

Hay otro tema referido al quehacer asistencial y es que si bien, por el carácter de inherencia, el médico nunca perderá su dignidad, sí puede resignificarla. La objeción de conciencia es un acto de la inteligencia y la voluntad que tiene la virtud de permitir la re-significación de la propia dignidad.

Actuar conforme a la razón y a la verdad tiene un efecto liberador. La libertad humana, entendida como autodeterminación en el sentido del bien, sólo dependerá de la propia conciencia y será libre de cualquier riesgo de manipulación externa o ideológica.

5.  Actuar en conciencia

Trataremos de responder: ¿Qué quiere decir actuar según la conciencia? ¿Y de qué conciencia se trata?

Se habla de conciencia psicológica y conciencia moral. La primera es la conciencia de la acción humana cuando la misma se está realizando y es necesaria para la segunda.

La conciencia moral es ser consciente del valor moral de esa acción, este juicio moral implica tanto la evaluación anterior como la posterior al hecho.
Cuando el juicio anterior es tomado como norma y se lo sigue, los dos momentos son coincidentes; por el contrario cuando la libertad no sigue a la conciencia acontece el conflicto interior.

Surge entonces el interrogante de: ¿Por qué hay que seguir a la conciencia?
“La conciencia es el juicio racional, más o menos sistemático o intuitivo, sobre el valor de una determinada acción. Este valor moral se funda, por otro lado, en la verdad ontológica: en otras palabras la verdad objetiva vincula a la razón, y la razón vincula a la conciencia.” 10

Existe una adhesión de la razón a la verdad objetiva, ésta es presentada por la razón a la voluntad. Surge entonces la adhesión de la voluntad a esa verdad  y finalmente, es a través del ejercicio bueno o no de la libertad, que el hombre actúa en conciencia o no.

Cuando se actúa de acuerdo a la verdad objetiva presentada por la razón a la voluntad y asumida como norma por la conciencia el hombre actúa como verdaderamente libre. Actuar de acuerdo a la conciencia tiene un efecto liberador y de paz consigo mismo. Es ser verdaderamente libre, pero entendiendo a la libertad como hermanada con la verdad descubierta y presentada por la razón.

6.  Ser un instrumento de la paz

“Señor haz de mí un instrumento de la paz…” 11

“Si, por una trágica ofuscación de la conciencia colectiva, el escepticismo llegara a poner en duda hasta los principios fundamentales de la ley moral, el mismo ordenamiento democrático tambalearía en sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo  de regulación empírica de intereses diversos y contrapuestos. Alguien podría pensar que semejante función, a falta de algo mejor, es también válida para los fines de la paz social. Aun reconociendo un cierto aspecto de verdad en esta valoración, es difícil no ver cómo, sin una base moral objetiva, ni siquiera la democracia puede asegurar una paz estable, tanto más que la paz no fundamentada sobre los valores de la dignidad humana y de la solidaridad entre todos los hombres, es a menudo ilusoria. En efecto, en los mismos regímenes participativos la regulación de los intereses se produce con frecuencia en beneficio de los más fuertes, que tienen mayor capacidad para maniobrar no sólo con las palancas del poder, sino incluso la formación del consenso. En una situación así, la democracia se convierte fácilmente en una palabra vacía.”  12

Toda acción que desconoce la dignidad humana y compromete la vida y la integridad humana es intrínsecamente una manifestación de violencia.
Ante el requerimiento - legalizado o no - de ser partícipe o actor en la misma es un derecho y una obligación la objeción de conciencia.

Si la ley debe garantizar la realización personal de todos los ciudadanos, es el derecho a la vida y a la integridad el que en primer lugar debe ser preservado.
Una sociedad se rige por normas democráticas cuando la dignidad humana de todos es tenida como el valor fundamental que rige la vida de sus miembros.
Cuando la verdad objetiva que debe cimentar la legislación es desconocida y se presentan en su lugar opiniones circunstanciales de las ideologías dominantes se dan necesariamente situaciones de violencia que, en general, afectan a los más vulnerables.Legalizadas o no son en sí situaciones de injusticia y ser partícipes de estas acciones es contrariaa la propia dignidad.

¿Qué hacer frente a esta falta de democracia real?
¿Cómo se puede dar una respuesta que permita la re-dignificación y la paz interior?

La respuesta está en el compromiso con la vida y el bien integral de todos.
Ante esta precarización de la democracia y la violencia que ello implica no queda alternativa, se debe elegir. Actuar en conciencia es transcender el reto de la injusticia, al convertirse uno mismo en un instrumento de la paz, cuya misión será llevar la verdad a donde prevalece el error.

7. Reflexiones conclusivas

Por conciencia se entiende el juicio racional, más o menos sistemático o intuitivo, sobre el valor de una determinada acción. El valor moral se fundamenta entonces en la verdad ontológica. Las instancias se dan en el orden de verdad objetiva descubierta por la razón,   luego deviene el juicio de la razón – recto y sincero –   y
finalmente la instancia ética.  De modo tal, que la verdad objetiva vincula a la razón y la razón vincula a la conciencia.  Actuar en conciencia quiere decir actuar de acuerdo a la verdad ontológica descubierta por la razón. Una vez que la conciencia a través de un juicio ético recto y sincero ha reconocido cual es el valor moral de una acción, sobreviene la instancia ética y la determinación a través del ejercicio de la libertad, de ser llevado al plano operativo de la acción o no.

Actuar en conciencia tiene una acción liberadora ya que sólo es la propia conciencia la que marca las pautas de la acción y el hombre se desprende de las presiones del medio.

Existen situaciones - aun en países que se consideran de regímenes democráticos - donde incluso a través de formas legisladas o no, ocurren acciones que desconocen la dignidad del hombre. Las leyes dadas en estas condiciones son ilegítimas, porque lejos de facilitar la realización en el sentido del bien del hombre, los someten a situaciones de nuevas formas de esclavitud.

Hay leyes injustas, que no sólo violan la dignidad de los hombres hacia los cuales están dirigidas, sino que buscan hacer cómplices de una acción ilícita a otras personas, cuyo ser en esencia  es contrario a dichas acciones. La imposición de leyes inicuas que llevan a la muerte y al avasallamiento de la integridad humana no sólo es una manifestación de violencia sino además horadan los cimientos de la democracia. El hombre se convierte en esclavo del propio hombre en un estado donde coexisten diferentes categorías de seres humanos.

Obedecer leyes injustas es contrario a la propia dignidad y sólo es posible el camino de la libertad y no ser marioneta de una tiranía.

Notas y Bibliografía
1. J. de Finance. “La conscienza e la legge”, a.c.19, 26.
2. Elio Sgreccia. Manual de Bioética I. Fundamentos y ética biomédica. BAC, 2009, cap. X, pág. 575.
3.  Elio Sgreccia. Manual de Bioética I. Fundamentos y ética biomédica. BAC, 2009, cap. X, pág. 576.
4. Juan Pablo II. Carta Encíclica Evangelium vitae. Sobre el valor de la vida y el carácter inviolable de la vida humana (25 de marzo de 1995). San Pablo, 1995, cap. III, pág. 129.
5. Ibid.
6. Elio Sgreccia. Manual de Bioética I. Fundamentos y ética biomédica. BAC, 2009, cap. X, pág. 576.
7. Juan Pablo II. Carta Encíclica Evangelium vitae. Sobre el valor de la vida y el carácter inviolable de la vida humana (25 de marzo de 1995). San Pablo, 1995, Introducción: 2, pág. 4-5.
8. Elena Passo. Ser uno en el dolor. Acerca de la dignidad humana y la proporcionalidad en los cuidados. Santa María, 2014, cap. IV, pág. 68-72.
9. Pablo VI. Carta Encíclica Humanae vitae. Sobre el control de la natalidad (25 de julio de 1968). II: 17
10. Elio Sgreccia. Manual de Bioética I. Fundamentos y ética biomédica. BAC, 2009, cap. X, pág. 574.
11. Oración franciscana por la paz:
“Señor haz de mí un instrumento de la paz:
Donde haya odio,  ponga yo amor,
Donde haya ofensa, ponga yo perdón,
Donde haya discordia, ponga yo unión,
Donde haya error, ponga yo verdad,
Donde haya duda, ponga yo la fe,
Donde haya desesperación, ponga yo esperanza,
Donde haya tinieblas, ponga yo la luz,
Donde haya tristeza, ponga yo la alegría.
Oh Maestro, que no busque yo tanto
Ser consolado como consolar,
Ser comprendido como comprender,
Ser amado como amar.
Porque dando se recibe,
Olvidando se encuentra,
Perdonando se es perdonado,
Y muriendo se resucita a la vida eterna.”

12. Juan Pablo II. Carta Encíclica Evangelium vitae. Sobre el valor de la vida y el carácter inviolable de la vida humana. San Pablo, 1995, cap.III: 70, pág. 129-130.

¿Cómo citar esta voz?

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Passo, Elena R., LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA COMO UN INSTRUMENTO DE LA PAZ , en García, José Juan (director): Enciclopedia de Bioética.

Last modified: Monday, 6 July 2020, 1:32 PM